Certificados energéticos

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Qué es el certificado energético

El certificado energético es un documento oficial que debe redactar un técnico certificado y en el que se clasifica mediante una letra, el consumo energético de una vivienda.
Este certificado es obligatorio para poder vender o alquilar el inmueble, por ello, los propietarios de los mismos están obligados a gestionar un certificado energético que se encuentre en vigor.

Tipos de certificación energética

Podemos clasificar los certificados energéticos en cuatro tipos:

  1. Certificado energético de vivienda: En las viviendas particulares, la calificación energética se basará en las características propias del inmueble tales como su tamaño o su orientación.
  2. Certificado energético de edificio completo: Cabe destacar que en estos casos es imprescindible que todo el edificio se destine al mismo uso.
  3. Certificado energético para obra nueva: En estos casos, se tramitarán dos certificados. Uno inicial en el anteproyecto para la aprobación del mismo que será aproximado, y un segundo que se expedirá una vez realizada la obra.
  4. Certificado energético de local comercial: los locales comerciales requieren la clasificación energética para tramitar la licencia de apertura.
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Cuál es la mejor certificación energética

La clasificación energética se basa en una escala divida en 7 niveles, que van desde la letra A, que son aquellas que se expiden para las viviendas más eficientes; a la letra G, que son las establecidas para las menos eficientes.

Asimismo, cabe destacar que la etiqueta en la que se certifica el consumo energético aporta dos informaciones; por un lado, el consumo y por otra, las emisiones de la vivienda.

Quién te hace un certificado energético

Para regular esta cuestión, se redactó un Real Decreto en el que se establecían las pautas para poder realizar los certificados energéticos. Hablamos del RD 235/2013 en el que se expresa que los certificados de eficiencia energética pueden realizarlo aquellas personas que tengan titulación para poder realizar proyectos de obra o dirigirlas y dirección de ejecución de obras de edificación o de instalaciones térmicas.

Pero, además, el Real Decreto permite que sin titulación también puedan expedirse certificados si tienen la cualificación profesional necesaria. Por ello, es posible que los ingenieros puedan expedir certificados de eficiencia energética además de arquitectos o aparejadores.

¿Es obligatorio la tramitación del certificado energético?

Como hemos indicado anteriormente, el certificado energético es obligatorio para aquellos propietarios que quieren vender o alquilar la propiedad; ya que en caso de no contar con un documento que acredite el consumo de energía de la vivienda se exponen a ciertas sanciones económicas.

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No obstante, encontramos algunos casos excepcionales que no requieren de dicho certificado. Os los contamos a continuación:

  1. Edificios o monumentos protegidos con valor histórico
  2. Edificios o monumentos protegidos con valor arquitectónico
  3. Edificios de culto
  4. Edificios con una superficie inferior a 50 metros cuadrados
  5. Talleres destinados a uso agrario que no se utilizan con fines residenciales
  6. Edificios que deben permanecer abiertos
  7. Edificios cuyo uso es inferior a cuatro meses por año (siempre que se cumpla la condición de no superar el 25% del consumo anual).

Los certificados energéticos de Fotovoltaic Solar

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